Es un derecho de todo condenado por sentencia ejecutoriada, después de:
- Haber cumplido la mitad de la condena (Delitos simples)
- Haber cumplido 2/3 de la condena (Delitos calificados)
- Tener MUY BUENA (MB) conducta en los últimos 3 bimestres
- Haber aprendido un oficio
- Haber asistido regularmente a la escuela